Obligatorio en Cataluña desde el 3 de octubre de 2026

Certificado de presencia o ausencia de amianto

La Ley 8/2026 de erradicación del amianto obliga a entregar este documento al vender o alquilar un inmueble en Cataluña. Nos ocupamos de todo el circuito: inspección del inmueble, toma de muestras con empresa inscrita en el RERA, análisis en laboratorio acreditado e informe firmado por técnico competente. Y si sale positivo, te decimos en el acto qué costaría retirarlo.

¿Te obliga a ti?

Si el inmueble está en Cataluña, sí

Desde el 3 de octubre de 2026, cualquier venta o alquiler de un inmueble situado en Cataluña exige entregar el certificado. La ley no distingue por antigüedad del edificio ni por tipo de inmueble: vivienda, local, nave o finca rústica.

En el resto de España, todavía no

Es una ley autonómica catalana y solo obliga allí. Fuera de Cataluña el informe es voluntario, pero se pide cada vez más en operaciones de cierto tamaño: due diligence de naves, compra de suelo industrial o transmisión de patrimonio inmobiliario. También lo hacemos.

No es solo un papel para la firma: queda en el Registro de la Propiedad

La certificación sobre la presencia de materiales con amianto consta en el Registro de la Propiedad al inscribir la transmisión, y los datos alimentan el Censo catalán de materiales que contienen amianto, que es público. Hasta ahora el fibrocemento de un edificio lo sabía quien subía al tejado; a partir de aquí lo ven el comprador, el banco y la aseguradora.

Qué hacemos, paso a paso

El certificado no es un formulario que se rellena a distancia: hay que ver el inmueble y, cuando hay dudas, analizar el material. Este es el circuito completo, con una sola interlocución.

Pedir presupuesto del certificado
1

Inspección del inmueble

Un técnico recorre el inmueble e identifica los elementos sospechosos: cubiertas de fibrocemento, bajantes, depósitos, canalizaciones, aislamientos y falsos techos.

2

Toma de muestras, si hace falta

Cuando la inspección visual no basta, se toma muestra. La toma la hace una empresa inscrita en el RERA: arrancar un trozo de un material con amianto también es manipularlo, y libera fibras si se hace mal.

3

Análisis en laboratorio acreditado

La muestra se analiza en laboratorio para confirmar si contiene amianto y de qué tipo. Es el paso que convierte una sospecha razonable en un dato defendible ante un comprador.

4

Informe firmado por técnico competente

Recoge lo que la ley exige como mínimo: presencia o ausencia de amianto, su localización, su estado de conservación y el riesgo que comporta para las personas.

5

Si sale positivo, presupuesto de retirada

Con la medición ya hecha, ponemos número a la retirada. Lo necesitas aunque no vayas a retirarlo: es exactamente la cuenta que va a hacer el comprador para negociar el precio.

El formato definitivo está pendiente de reglamento

El artículo 21.3 de la Ley 8/2026 remite a un reglamento las características del certificado y quién es competente para emitirlo, y ese reglamento todavía no se ha publicado. Hasta entonces, el informe acredita el contenido mínimo que la propia ley exige, y cuando se publique el reglamento adaptamos el formato a lo que determine.

Que salga amianto no te impide vender

La ley no condiciona la venta ni el alquiler a haber retirado el material: si está en buen estado, basta con declararlo. Lo que cambia es la negociación.

Un comprador que lee «cubierta de fibrocemento, 240 m², estado degradado» hace la cuenta de lo que va a costarle quitarlo, y esa cifra sale del precio. Por eso conviene tener el presupuesto de retirada antes de sentarse a negociar: o lo retiras tú y vendes limpio, o lo descuentas sabiendo cuánto vale.

Calcular el coste de la retirada

La retirada, solo con empresa RERA

Con plan de trabajo aprobado por la autoridad laboral y certificado de gestión del residuo. Es lo que acredita que el inmueble ha quedado libre de amianto.

Puede haber ayudas

Sobre todo si la retirada va con cubierta nueva: los programas de rehabilitación energética cubren parte de la obra. Ver subvenciones.

Cuenta con los plazos

Si hay que retirar, el plan de trabajo lo resuelve la autoridad laboral y eso marca el calendario. No encaja en la semana previa a una firma.

¿Gestionas inmuebles, no uno solo?

Si eres agente inmobiliario, API o administrador de fincas, el certificado pasa a ser un trámite recurrente de tu cartera. Trabajamos con acuerdos de colaboración: una interlocución, precios por volumen y plazos comprometidos para que no se te caiga una operación por un informe.

Colaborar con nosotros

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tarda en estar listo el certificado?
Mi edificio es posterior a 2002, ¿me libro del certificado?
¿Sirve el mismo informe para vender y para alquilar?
¿Y si el inmueble no está en Cataluña?
Si el informe sale positivo, ¿tengo que retirar el amianto antes de vender?
¿Quién firma el informe?
¿Qué pasa si vendo sin entregarlo?

Cuéntanos qué inmueble es

Dinos dónde está y para qué lo necesitas —venta o alquiler— y te decimos qué implica en tu caso y en qué plazo lo tendrías. Sin compromiso.

Solicitar el certificado
Se ha producido un error inesperado. Recargar 🗙